← Volver al inicioTRANSPARENCIA

Cómo calculamos (y qué no calculamos).

Los resultados son distintos según el tipo de calculadora. Aquí explicamos cómo interpretarlos.

Operaciones matemáticas directas

En «Añadir IVA» usamos base × porcentaje / 100 y sumamos el impuesto. Para quitarlo, dividimos el total entre (1 + porcentaje / 100). El tipo lo elige el usuario: no decidimos qué producto tiene IVA reducido o exención. Un tipo 0 % no es lo mismo que una operación exenta; el derecho a deducir IVA puede variar. Los tipos generales 0, 4, 10 y 21 % se contrastaron con el manual de IVA 2026.

Estimación de sueldo

El módulo de nóminas utiliza el porcentaje de retención de IRPF que introduces y las aportaciones ordinarias del trabajador del Régimen General en 2026 (contingencias comunes, desempleo, formación profesional y MEI). Es un cálculo anual simplificado; se usa el máximo anual equivalente de la base mensual oficial. La solidaridad de 2026 se calcula por tramos tomando doce retribuciones mensuales iguales (0,19 %, 0,21 % y 0,24 % del exceso para el trabajador). No calcula el tipo de retención legal, ni todos los límites mínimos, variaciones salariales o situaciones especiales. También hay un comparador del coste empresarial que añade las cuotas correspondientes a la empresa, pero necesita conocer su tarifa real de AT/EP. Fuente: Seguridad Social.

Estimaciones trimestrales

El IVA trimestral muestra una resta orientativa: IVA repercutido menos IVA deducible menos saldo indicado. No produce el modelo 303. El modelo 130 usa ingresos y gastos acumulados desde enero y calcula su subtotal del 20 % del rendimiento positivo menos cantidades introducidas; no considera todas las casillas, exenciones ni reducciones. Fuentes: AEAT modelo 303 y AEAT modelo 130.

Cuota de autónomos RETA 2026

Esta herramienta utiliza los 15 tramos del artículo 18 de la Orden PJC/297/2026. Suma contingencias comunes (28,30 %), profesionales (1,30 %), cese de actividad (0,90 %), formación profesional (0,10 %) y MEI (0,90 %): tipo ordinario del 31,50 % sobre la base elegida. Fuente complementaria: Importass. Si se incluyen ingresos y gastos anuales sin cuotas RETA, estimamos el rendimiento computable mensual restando el gasto genérico del 7 % . El 3 % de los colectivos especiales no está disponible: no se calculan sus bases mínimas, cuota reducida, regularización o regímenes especiales. Las bases y tipos corresponden a 2026 y deben revisarse antes de reutilizarlos en otro ejercicio.

Declaración de Renta 2025 y ahorro

El orientador de obligación de declarar aplica exclusivamente el umbral de rendimientos del trabajo de 22.000 € o 15.876 € cuando corresponde, además de detectar el alta en RETA/RETM. Hay numerosas causas adicionales de obligación que exigen consulta oficial. El comparador de dos o más pagadores suma retenciones, pero NO calcula el IRPF final. La escala de ahorro 2025 aplica 19 %, 21 %, 23 %, 27 % y 30 % a la base liquidable ya determinada, minorando la cuota por un mínimo remanente introducido por el usuario cuando proceda. Son cálculos para Renta 2025, presentada durante 2026; no se deben trasladar automáticamente a 2026. Fuente: AEAT Renta.

Cuota general estatal y autonómica 2025 (v0.10)

Se usa la base liquidable general ya calculada, sin convertir directamente el sueldo bruto. Se aplican la escala del art. 63 LIRPF y la de la comunidad seleccionada, y se minoran ambas cuotas por la escala aplicada a los mínimos personales/familiares correspondientes. Se ofrecen las quince comunidades autónomas de régimen común; Navarra, País Vasco y Ceuta/Melilla quedan excluidas por requerir normas propias o tratamientos especiales. Por defecto se utilizan los mínimos generales para contribuyentes menores de 65 años sin cargas; pueden sustituirse por los mínimos que corresponden al caso real. No se calculan deducciones, gravamen del ahorro, cuota líquida ni resultado de la declaración. Fuentes: escala estatal AEAT, escalas autonómicas AEAT y mínimos personales AEAT.

Presupuesto de retenciones de nómina 2026 (v0.9)

Es una operación matemática sobre lo que ya ha retenido la empresa, el bruto pendiente y una meta definida por el usuario. No ejecuta el algoritmo legal de retenciones de la AEAT; este cuenta con una versión de 2026 actualizada desde el 10 de septiembre. Consulta el servicio oficial AEAT y tu empresa para la regularización exigible.

Proyección de renta

El método histórico calcula (retenciones previas + resultado final firmado) / ingresos anteriores para estimar un tipo efectivo. Lo aplica a los ingresos proyectados y resta las retenciones previstas. No reproduce la liquidación real y no modela cambios de tramos, mínimos, CCAA o deducciones. Una devolución pasada no garantiza otra futura.

Ámbito territorial y fecha

Revisión inicial: 18 de octubre de 2026. Nos centramos en operaciones de IVA del régimen general peninsular y balear y nóminas ordinarias de 2026. IGIC de Canarias, IPSI de Ceuta/Melilla y normativa foral de País Vasco/Navarra requieren reglas específicas no implementadas. Para trámites, utiliza las webs de las autoridades competentes.

Herramientas aritméticas añadidas

Factura inversa: base = importe a cobrar / (1 + IVA% − retención%), con redondeos de céntimos. IVA mixto: cada grupo de base lleva su cuota y después se suman las líneas. Salario por hora: bruto anual / (horas semanales × semanas elegidas). Reparto de 12/14 pagas: mismo bruto anual entre distintos números de pagas. Retención pendiente: objetivo voluntario menos lo ya retenido dividido entre pagas restantes. Objetivo de facturación: (neto disponible deseado / (1 − porcentaje reservado)) + gastos + cuota. Estas fórmulas no verifican requisitos legales individuales.

SMI 2026 y descuentos con IVA

La referencia del SMI 2026 utiliza el importe bruto anual de 17.094 €, equivalente a 1.221 € en 14 pagas, y lo multiplica por el porcentaje de jornada indicado. Es una referencia, no un dictamen legal de cumplimiento salarial. Fuente: Real Decreto 126/2026. Para descuentos, desglosamos la base si procede, aplicamos el descuento sobre dicha base y calculamos el IVA correspondiente. No determina el tipo correcto por producto.

Opciones avanzadas para nóminas

Puedes sustituir la cotización anual estimada por la cifra real que hayas acumulado en tus nóminas. Si comparas salarios, también puedes introducir las cotizaciones anteriores y nuevas para evitar aplicar la misma aproximación a contratos distintos; la inflación se aplica únicamente para mostrar un poder adquisitivo orientativo. Estos ajustes no convierten el cálculo en una nómina certificada.

Herramientas laborales incorporadas en v0.7

Indemnización: aproximación del salario anual dividido entre 365 días por el número de días indemnizables; antigüedad por meses y topes del supuesto, solo contratos desde 12/02/2012. Finiquito: salario mensual de referencia / 30 y partidas brutas suministradas, sin determinar cotizaciones ni retenciones. Vacaciones: prorrata de días en un único año natural, teniendo en cuenta bisiestos. Inflación: comparación del sueldo nuevo dividido por 1 más la inflación acumulada respecto del anterior. Fuentes: Estatuto de los Trabajadores e INE.

Sin trámites oficiales automáticos

No presentamos impuestos, no accedemos a tus datos fiscales, no somos organismo público y no emitimos certificaciones. La información no constituye asesoramiento individualizado. Nos reservamos la opción de revisar las reglas y corregir errores documentándolos.